DEUDORES INCOBRABLES EN EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Dr. Sergio Carbone - Contador Público (UBA) Mail: carbonesergio@gmail.com - Cel: 15-6660-9889 www.sergiocarbone.com.ar Viene aquí la intención de analizar que responder ante una pregunta que, lamentablemente, se ha convertido habitual en estos días: ¿Qué hacer con el IVA – DÉBITO FISCAL abonado por una venta que, posteriormente, se ha convertido en incobrable?. Resulta natural que el contribuyente se encuentre ante esta duda siendo que, ante cada venta, debe reconocer el débito fiscal que corresponda a la misma estando, naturalmente, a la espera de cobrar el total de la factura emitida. Sin embargo, la realidad hay veces que nos sorprende con situaciones de morosidad “descontrolada” o, sencillamente, con la imposibilidad del cobro de la factura emitida. En este marco y a los efectos de responder a la pregunta planteada, debemos reconocer que en el IVA el hecho imponible se perfecciona conforme indica el Art. 5 del texto de referencia. En cuanto a la base...