Dr. Sergio Carbone - Contador Público (UBA) Mail: carbonesergio@gmail.com - Cel: 15-6660-9889 www.sergiocarbone.com.ar CONFLICTOS DE “DOBLE RESIDENCIA” RESIDENCIA FISCAL – LEY 20.628 Descargar Artículo en PDF I.- INTRODUCCIÓN La residencia fiscal de los contribuyentes es siempre un tema que llama a confusión y si bien mucho se ha escrito sobre el punto no dejan de sorprendernos situaciones de la vida real que, muchas veces, nos obligan a indagar un poco mas en las definiciones y regulaciones dadas en la Ley 20.628 a los fines de definir las condiciones que deberá presentar el contribuyente a los fines de categorizarse como Residente Fiscal Argentino o Beneficiario del exterio. En días recientes me ha tocado conversar con varios contribuyentes que, extra ñamente parecía no haber llegado a comprender el concepto de “doble residencia fiscal” y el papel que las normas, mal llamadas, de “doble residencia”, despliegan en la Ley 20.628. a.- La confusión común:
Estudio de Servicios Contables y Administrativos dedicado a empresas y emprendedores donde podrá trabajar todo lo relacionado con: Alta y Constitución de Sociedades, Alta e Inscripción en Impuestos Nacionales y Provinciales, Encuadre Impositivo de su Negocio, Estudios Fiscales y Societarios del Emprendimiento que este estudiando llevar a cabo, entre otros. Dr. Sergio Carbone Contador Público (UBA) www.sergiocarbone.com.ar carbonesergio@gmail.com Tel: 4362-9602 Cel: 15-6660-9889